(1) BOPV 42/02.03.2005, BOPV 88/12.05.2005, corrección de errores.
(2)________ Véase el Recurso de inconstitucionalidad 4057/2005, en relación con el artículo 3.7, párrafo II; artículo 20.4.b), 5, 6 y 7; Disposición Final Segunda, apartado dos; Disposición Final Cuarta y Disposición Final Quinta (BOE 159/05.07.2005, BOPV 140/22.07.2005).
(4) Decreto 213/2007, de 27 de noviembre, por el que
se regulan las unidades administrativas encargadas del impulso y coordinación de las
políticas de igualdad en los departamentos del Gobierno Vasco, así como en sus
organismos autónomos y entes públicos (BOPV 241/2007.12.17).
(5) Decreto 261/2006, de 26 de diciembre, de regulación de la Comisión Interdepartamental para la Igualdad de Mujeres y Hombres (BOPV 12/17.01.2007).
(6) Decreto 213/2007, de 27 de noviembre, por el que se regulan las unidades administrativas encargadas del impulso y coordinación de las políticas de igualdad en los departamentos del Gobierno Vasco, así como en sus organismos autónomos y entes públicos (BOPV 241/2007.12.17).
(7)____ Véase la Resolución 5/2007, de 14 de febrero, del Director
de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se
dispone la publicación del Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno «por el
que se aprueban las directrices para la realización de la evaluación previa del
impacto en función del género y la incorporación de medidas para eliminar
desigualdades y promover la igualdad de mujeres y hombres» (BOPV
51/13.03.2007).
(16) Véase el Decreto 148/2007, de 11 de septiembre, regulador de los recursos de acogida para mujeres víctimas de maltrato en el ámbito doméstico (BOPV 187/27.09.2007, BOPV 212/05.11.2007, corrección de errores).
(17) Decreto 119/2006, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Defensoría para la Igualdad de Mujeres y Hombres (BOPV 123/29.06.2006).
(18) Decreto 213/2007, de 27 de noviembre, por el que se regulan las unidades administrativas encargadas del impulso y coordinación de las políticas de igualdad en los departamentos del Gobierno Vasco, así como en sus organismos autónomos y entes públicos (BOPV 241/2007.12.17).